Una mujer venezolana de 37 años de edad fue detenida en Ureña (Táchira), debido a que está requerida en Colombia porque presuntamente cometió abusos sexuales contra sus dos hijas de 10 y 5 años. La mujer está identificada como Eddy Andreína Merchán Uribe.
El procedimiento de esa detención está descrito en la sentencia número 268 de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, firmada por sus tres integrantes: Elsa Gómez (ponente), Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno.
La sentencia refiere que Merchán Uribe está requerida desde Colombia por la presunta comisión de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado, actos sexuales con menor de catorce años, pornografía con persona menor de 18 años, utilización ilícita de redes de comunicación y concurso homogéneo-heterogéneo. La descripción de tales delitos está desglosada en la notificación azul que interpuso Colombia ante la Policía Internacional, para que los 195 países adheridos a ese sistema de ubicación de personas prófugas proporcione información sobre el paradero de Merchán.
“A través de una investigación se estableció que Merchán Uribe es la responsable de cometer explotación y abuso sexual hacia dos menores de edad de 10 y 5 años de edad. La progenitora (ella) de los menores habría sido la principal responsable de transmitir y cometer directamente los abusos. Cabe destacar que Merchán Uribe presenta un perfil altamente estructurado y persistente, orientado principalmente a la comercialización y posesión material de abuso sexual infantil’’, dice el documento sustanciado a partir de la investigación abierta por la Fiscalía 410, Unidad de Explotación Sexual y Delitos Sexuales de Bogotá, Colombia.
Advertidos sobre esa notificación azul, los agentes del Cicpc, actuando en comisión de servicio para la Dirección General de la Policía Internacional, se trasladaron a Ureña (Táchira), sector La Bonilla, calle 10, vía pública, adyacente a la cancha de fútbol, donde observaron a una mujer con características similares a la requerida por Colombia. Efectivamente, uno de los agentes abordó a la mujer quien le confirmó su identidad mostrando la cédula de identidad. De seguido los funcionarios le explicaron el motivo de la detención.
El pasado 14 de marzo, el Tribunal Primero de Control en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Táchira, extensión San Antonio del Táchira, acordó dejar a Merchán Uribe en custodia del Cicpc, decretó dar inicio al proceso de extradición y remitió el expediente a la Sala Penal del TSJ.
Ya con el expediente en la mesa, los magistrados iniciaron el examen del mismo para determinar si reúne los requisitos exigidos en el Acuerdo Bolivariano de Extradición suscrito en 1911 por Venezuela, Colombia y otros países.
El lapso otorgado a Colombia
La Sala Penal acordó notificarle a Colombia que dispone de 90 días para presentar la solicitud de extradición respecto a Eddy Merchán Uribe, así como la documentación judicial que la sustente.
Los magistrados aclararon que si la persona solicitada en extradición es nacional del Estado venezolano, será necesario que Colombia entregue a Venezuela ‘’los medios de prueba que permitan su juzgamiento, para que pueda ser procesada en territorio venezolano (…) de acuerdo con lo consagrado en el encabezado del artículo 6, del Código Penal venezolano’’.
La Sala advirtió que si Colombia no consigna lo requerido en el lapso previsto, se ordenará el cese de la privación de libertad decretada en contra de la mujer venezolana.

